El doblaje mexicano nunca muere

Confusión entre algunos medios sobre la prohibición del doblaje en México, ha generado revuelo.

Hace unas horas, varios canales de comunicación informaron sobre el nuevo decreto que afecta sustancialmente el arte del doblaje mexicano imitándolo a ejercer en películas infantiles y documentales, dejándolos fuera de todo tipo de proyectos audiovisuales con el fin de promover la inclusión a personas con discapacidad auditiva.

Dicha noticia genero gran indignación entre las redes sociales, indicando que en vez de inclusión era exclusión a todos los que gozan ver películas con las voces de sus artistas favoritos.

El decreto que reforma el artículo 8o. de la Ley Federal de Cinematografía señala lo siguiente:

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO «EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

ARTICULO 8o.- Las películas serán exhibidas al público en su versión original y subtituladas al español, en los términos que establezca el Reglamento. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas, pero siempre subtituladas en español.

Transitorios


Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Poder Ejecutivo Federal contará con un plazo de 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para modificar el Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía y demás disposiciones que deriven de esta.

Ciudad de México, a 16 de febrero de 2021.- Sen. Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, Presidente.- Dip. Dulce María Sauri Riancho, Presidenta.- Sen. Lilia Margarita Valdez Martínez, Secretaria.- Dip. María Guadalupe Díaz Avilez, Secretaria.- Rúbricas.«

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 17 de marzo de 2021.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Dra. Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.

A lo que después de unas horas, la ANDA confirmó por redes sociales lo siguiente:

https://www.facebook.com/photo/?fbid=10165234136680654&set=a.10152728663140654

En dado caso, se argumenta que la inclusión está a la orden del día y que ello no afectará los ejercicios de las producciones audiovisuales respecto al doblaje.

Deja un comentario